*- La Reforma Electoral fija límites a las remuneraciones de consejeros electorales, personal del Ietam y magistrados del Trieltam, fija un tope presupuestal del 0.70% del Presupuesto del Estado para el Congreso local, prohíbe la reelección consecutiva para diputados y ayuntamientos, así como el nepotismo en todos los cargos de elección popular, y reduce el número de integrantes de los cabildos
Cd. Victoria, Tamaulipas.-
Este viernes el Congreso del Estado aprobó la Reforma Electoral que el pasado lunes el gobernador Américo Villarreal Anaya envió al Legislativo estatal, esta contiene reformas a la Constitución Política, a la Ley de Medios de Impugnación Electorales, Ley Electoral y Código Municipal en Materia Electoral.
Por un lado establece un período de siete años para consejeras y consejeros del Ietam, los cuales no podrán ser reelectos además de que fija topes a las remuneraciones de estos y otros cargos en esa institución, e impide la contratación de seguros de gastos médicos, de vida o de pensiones privadas, seguros de separación individualizados, cajas de ahorro especiales, regímenes especiales de retiro u otras prestaciones que no estén previstas por la ley, esto aplica también para magistrados electorales.
En cuanto a los diputados locales, estos no podrán reelegirse para un periodo inmediato posterior al ejercicio de su mandato, los diputados suplentes sí podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de propietarias, siempre y cuando no hayan ejercicio como titulares, las personas diputadas propietarias no podrán ser electas para el período inmediato con carácter de suplentes.
El presupuesto anual del Poder Legislativo no podrá exceder el 0.70% del Presupuesto de Egresos del Estado, además, el Congreso deberá garantizar principios de paridad, igualdad sustantiva y perspectiva de género, en su integración y funcionamiento. No podrán ser diputadas o diputados miembros de los Consejos General, Distritales y Municipales Electorales del Ietam, o magistrados, secretario general, secretario de Estudio y Cuenta o actuario del Trieltam, a menos que se separen del cargo dentro del plazo que establece la ley estatal de la materia.
En materia de Nepotismo se prohíbe el registro como candidata a la persona que tenga o haya tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección vínculo de matrimonio o concubinato, o unión de hecho, parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado, o de afinidad hasta el segundo grado con la persona que está ejerciendo la titularidad de la diputación. Esta prohibición aplica también para el cargo de gobernador o gobernadora del Estado, alcaldes, síndicos y regidores.
En el caso de los ayuntamientos fija topes de integrantes de los cabildos en una presidenta o presidente, una sindicatura y hasta quince regidurías; para los municipios con hasta 50,000 habitantes se integrará por diez cargos, una presidencia, una sindicatura y ocho regidurías; hasta 100,000 habitantes se compondrá con 14 integrantes, una presidencia municipal, una sindicatura y 12 regidurías, de las cuales 8 corresponderán al principio de mayoría relativa y 4 de representación proporcional.
En municipios con más de 100,000 habitantes el Cabildo se compondrá de 17 integrantes, una presidencia municipal, una sindicatura y 15 regidurías, de las cuales 10 corresponderán al principio de mayoría relativa, y 5 al principio de representación proporcional; en todos los casos se seguirán los principios de paridad de género vertical y horizontal, perspectiva de género e igualdad sustantiva en el acceso, integración y ejercicio del poder público municipal.
Asimismo, los ayuntamientos emitirán una convocatoria pública en la que se establecerán los requisitos, procedimientos e integración del Cabildo infantil y juvenil, el cual estará integrado por la persona titular de la Presidencia Municipal Juvenil, y por las personas titulares de la sindicatura y regidurías Juveniles según el número de integrantes del Ayuntamiento correspondiente.
La iniciativa de reforma fue aprobada por 26 votos a favor y solo 7 en contra, tras lo cual fue enviada al Ejecutivo Estatal, entrando en vigor a partir del día posterior a su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
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ELECTORAL. Prohíbe Tamaulipas la reelección consecutiva y el nepotismo en todos los cargos de elección popular / Alex Echartea
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